Gobierno del Estado de Durango

AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA LA DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE ALIMENTOS AL INTERIOR DE LOS CENTROS ESCOLARES

Costo Gratuito*Aplican restricciones

Área Responsable: Dirección de Asuntos Jurídicos y Laborales, edificio "A"

Dirección: Blvd. Domingo Arrieta 1700, Fracc. Domingo Arrieta

Horario: horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Teléfono: (618) 137-62-56/137-67-51.

Descripción del trámite o servicio: Autorización para venta de alimentos en los centros educativos de educación básica y los planteles incorporados al mismo. Reglamentar en materia de organización y funcionamiento de los centros de distribución de alimentos, ubicados en los centros de educación básica del sistema estatal de educación y en los planteles incorporados al mismo

Forma de solicitar el trámite o servicio: Acudir al llenado del formato de solicitud y cumplir con los requisitos

Requisitos

Certificado Médico sanguíneo, especificando Reacciones Febriles la cual diagnostica enfermedades que cursan con fiebre, como fiebre tifoidea (salmonella),brucelosis (fiebre de malta) y rickettsiosis, el cual deberá ser expedido por la Secretaría de Salud, IMSS e ISSSTE únicamente, tanto como del permisionario como de las personas que tendrán contacto con los alimentos.

Proceso

Instrucciones para realizar este trámite

I. Para efecto de obtener el Permiso Temporal, por parte de la SEED, el solicitante deberá presentar al Directivo del Centro Educativo la
siguiente documentación: formato de solicitud debidamente requisitada, certificados de salud vigentes de quienes vayan a tener contacto directo con los alimentos expedido por la Secretaría de salud;
II. La Asociación de Padres de Familia de cada Centro Educativo recibirá las solicitudes y demás requisitos, por conducto del Directivo, evaluando las propuestas y emitiendo su opinión, mediante un escrito que permanecerá en el expediente del permisionario,
III. Una vez agotado el procedimiento anterior, el Directivo llevará la solicitud debidamente sellada y firmada por el Director y Presidente de la Asociación de Padres de Familia, a la SEED, directamente al nivel educativo correspondiente, para que a su vez sea turnada a la Dirección de Asuntos Jurídicos y Laborales quien emitirá el dictamen correspondiente conteniendo la viabilidad jurídica del otorgamiento del permiso temporal; dicho dictamen se hará del conocimiento del Permisionario antes del término del ciclo escolar en que fue presentada la solicitud;
IV. De ser favorable el dictamen, el solicitante deberá realizar el pago que determine la Asociación de Padres de Familia y el Directivo, por concepto de apertura, con un monto máximo de 10 salarios mínimos vigentes en el Estado, de acuerdo a las condiciones socioeconómicos del solicitante y los factores económicos de la región y/o Centro Educativo; así como el porcentaje de las utilidades que deberá entregar al Centro Educativo, quien registrará estos recursos en el rubro de ingresos propios;
V. Una vez aprobada la solicitud del Permisionario tramitará su aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Salud, a través de la COPRISED;
VI. Otorgado el aviso de funcionamiento, la Secretaría de Salud, por conducto de la COPRISED, en coordinación con la SEED y el DIF ESTATAL procederán a hacer una visita de verificación sanitaria y contenido nutricional, emitiendo los dictámenes técnicos correspondientes;
VII. En caso de que el dictamen no sea favorable, se procederá en los términos que establece el Capítulo V del presente reglamento,
VIII. Con motivo de la obtención del Permiso Temporal para la instalación del Centro de distribución de alimentos, en caso de que se trate de la instalación de gas de uso doméstico , el Permisionario deberá otorgar el permiso ante la Autoridad de Protección Civil que radique en el domicilio donde se ejercerá la actividad, y anexarlo a su solicitud;
IX. En caso de que los dictámenes Técnicos sean favorables, se validará colocando un Sello en el Permiso Temporal el cual tendrá vigencia por el ciclo escolar;

(Reformada, P.O. 6 de Septiembre de 2009)

Resolución

Vigencia

Documento expedido por la Secretaría de Educación del Estado de Durango para la distribución de alimentos en los centros de educación básica, con vigencia de un ciclo escolar.

Resolución

La SEED resolverá por conducto de la sobre la solicitud de Permiso Temporal para operar los Centros de Distribución de Alimentos, determinará los días hábiles o laborales y horarios en que se prestara el servicio, de acuerdo al calendario escolar y vigilará el cumplimiento de las disposiciones estipuladas

Plazo

5 días hábiles

Observaciones

La Asociación de Padres de Familia de cada Centro Educativo recibirá las solicitudes y demás requisitos, por conducto del Directivo, evaluando las propuestas y emitiendo su opinión, mediante un escrito que permanecerá en el expediente del Permisionario;

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Trámite o servicio para realizar en línea: null

Modalidad: Presencial