Gobierno del Estado de Durango

Registro al Directorio Nacional de Asociaciones

Costo Gratuito.*Aplican restricciones

Área Responsable: Coordinación Jurídica de Dirección General

Dirección: Blvd. José María Patoni No. Ext. 105, Frac. Predio Rústico La Tinaja y los Lugos.

Horario: Lunes a Viernes 8:30 a 15:30 hrs.

Teléfono: (618) 137-91-69

Email: asesoriajuridica.dif@durango.gob.mx

Descripción del trámite o servicio: El Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social permite conocer toda la información referente a las instituciones públicas y privadas de Asistencia Social en nuestro país.

Forma de solicitar el trámite o servicio: ingresar a la plataforma de DNIAS, registrar los datos de la asociación, representante legal y cargar la documentación respectiva.

Requisitos

Para el Registro de una Asociación Civil al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social, se requiere la siguiente documentación:
1.- Acta Constitutiva;
2.- Identificación del Representante Legal;
3.- Identificación del Director (a);
4.- Comprobante de Domicilio Social;
5.- Comprobante de Domicilio Fiscal;
6.- Cobertura Anual de Atención, (Informe Anual de la Institución o documento que avale esa cobertura);
7.- Servicios que Ofrece, (Programa de Trabajo anual o documento que avale los servicios);
8.- Copia del Registro Federal de Contribuyentes; y
9.- Copia de la Clave Única de Inscripción al Registro (CLUNI)

Proceso

Instrucciones para realizar este trámite

1.- El artículo 52 de la Ley de Asistencia Social, señala que las Instituciones Privadas de Asistencia Social, tienen la obligación de inscribirse en el Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social, así mismo colaborar con las tareas de supervisión que realicen los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia.
Requisitos:
a) Ingresar a la página dnias.dif.gob.mx y acceder al siguiente vículo para el REGISTRO DE USUARIO.
b) Crear una cuenta con un Usuario y Contraseña. (Es importante que conserve estos datos, ya son único e intrasferibles y servirán para renovar el registro y los datos de la Asociación, enviar comentarios, contenidos, noticias, etc.)
c) Una vez en el sistema, deberá llenar el formato de registro con la información que se le solicita:
*Tipo de Institución;
*Datos de la Institución y Domicilio Social;
*Datos Legales; (Mismos que están contenidos en el Acta Constitutiva de la Asociación Civil).
*Servicios de la Institución; (Deberá detallar, a que se dedica y el objeto para la cual fue creada).
*Asistencia Social; (La Población Beneficiada con sus servicios)
*Recursos Humanos; (Con que personal cuenta, y si es honoraria o con sueldo y el grado de estudios).

d) Para continuar con el registro, deberá adjuntar en formato PDF, la siguiente documentación:
a. Decreto de creación o Acta de Cabildo,
b. Identificación del Representante Legal y del Director o responsable de la Asociación.
c. Cédula Fiscal (RFC);
d. Comprobantes de los domicilios legal y social (estos no deben tener una antigüedad de más de tres meses);
e. Guardar y enviar la información.
NOTA: Es importante tener toda la documentación escaneada al momento del registro, ya que si se ingresan en partes, se borra la información que inicialmente ingresaron.

2.- En caso de que por algún motivo, la Asociación Civil no pudiera realizar el trámite anterior deberá:

*Contactar con personal del Departamento de Asesoría Jurídica de DIF Estatal, quien a traves de la Jefa del Departamento, asignará un Asesor Jurídico para su atención.

De acuerdo a las dificultades que la Asociación Civil presentara para llevar a cabo exitosamente su registro debera solicitar y se procederá a lo siguiente:

I. Una vez reunidos todos los requisitos, se integrara un expediente con los documentos recabados, al que se le asignará un número de folio;

II. Se designará a un abogado verificador el cual será el responsable de programar fecha y hora para una visita de verificación de datos en el domicilio de la Institución solicitante;

III. En la visita de verificación el abogado verificador cotejará la información o los datos proporcionados por la institución y se observará que los servicios que presta se encuentran dentro del rubro de asistencia social;

IV. Se dará aviso de la fecha y hora de la verificación a la Institución;

V. El verificador tiene la obligación de identificarse, lo cual podrá hacer con una identificación emitida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Durango;

VI. En la visita de verificación se constatará que las actividades que se realizan en la Institución correspondan con las asentadas en la cedula de registro que le fue proporcionada por DIF;

VII. Se verificara que la población objetivo, coincida con la reportada en la cedula de registro, (se recomienda solicitar un recorrido por las instalaciones de la institución);

VIII. El verificador cotejará en la visita los datos que la institución asentó en la cedula y en caso de detectar datos incorrectos o mal escritos por error o por cambio, el verificador realizará los cambios en la cedula en presencia del representante legal;

IX. El verificador podrá solicitar a la institución su padrón de beneficiarios;

X. El verificador llenará un formato de cedula de verificación en presencia del representante legal, la cual será firmada por el verificador y por el representante legal;

XI. El verificador emitirá un dictamen de verificación, que es el resultado de la visita, el cual debe conservar en el expediente de la institución y en base al resultado se emitirá la constancia de acreditación de la Institución, que será firmada por la Directora del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.

Resolución

Vigencia

Tiene vigencia de 2 años, por lo que al término de la misma, debe actualizarse toda la información y solicitar una nueva.

Resolución

Constancia de Registro al Directorio Nacional como Asociación Civil.

Plazo

El trámite para que se extienda la Constancia de Registro al Directorio Nacional, depende de la Asociación Civil, en razón a la rapidez en que realice los trámites y procedimientos solicitados. el tiempo aproximado para recibir su constancia de registro

Observaciones

El folio de registro es asignado única y exclusivamente por el Administrador del Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social y es único e intransferible para cada Asociación Civil.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Trámite o servicio para realizar en línea: null

Modalidad: Mixta

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